Autonomía indígena en Chiapas: educación, usos y costumbres

2.   ¿Quiénes son los pueblos indígenas de México?

2.1    Panorámica general

México está constituido por una diversidad de pueblos y culturas, entre los que se encuentran una seria de colectivos culturalmente diferenciados del resto de la sociedad nacional que se han denominado Pueblos Indígenas. En la actualidad existen 59 pueblos distintos que en su conjunto hacen un total aproximado de 10 millones de habitantes, es decir, aproximadamente el 10% del total de la población nacional mexicana. Algunos Pueblos Indígenas se encuentran concentrados en un territorio relativamente compacto, mientras otros se hallan dispersos en muy distintas regiones. Algunos están formados por cientos de miles de personas, mientras en otros sólo sobreviven unas cuantas familias.

La condición india y la pobreza están, muchas veces, asociadas. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) clasifica como extremamente pobres a todos aquellos municipios en que el 90% o más de la población son indígenas. Casi la mitad de los indígenas son analfabetos, cuando el promedio a nivel nacional es de poco más del 10% de la población. Alrededor de la mitad de los municipios indígenas carecen de electricidad y servicio de agua potable. El 80% de los niños indígenas menores de 5 años presentan elevados índices de desnutrición.

 

Un problema de definición

Desde la colonia, pasando por el período independiente, la revolución y hasta el presente, existe un gran debate acerca de la definición y caracterización de los indígenas.

Cuando los europeos entraron en contacto con las sociedades originarias del continente americano, les asignaron la categoría de "indígenas" o de "indios" a los diversos pueblos que mantenían identidades propias y culturas específicas; una categoría diferente e inferior desde el punto de vista racial, cultural, lingüístico, intelectual o religioso. De tal forma, la diversidad étnica de todos los habitantes quedó anulada y sin posibilidades de desarrollo propio y evolución.

El Gobierno Mexicano ha adoptado como criterio único de atribución del nombre de “Pueblos Indígenas” la cuestión de la lengua. Las organizaciones indígenas contestan este criterio porque dicen que no responde a la realidad, pues existen muchos miembros de los Pueblos Indígenas que, aunque han perdido la lengua, siguen conservando otras características esenciales al ser indígena.

La ONU recomienda que “el uso de criterios y definiciones ajenos a esas poblaciones (las indígenas) no da un cuadro verdadero de la importancia numérica de las mismas” y que en “estimaciones y censos de las poblaciones indígenas ha de tomarse en cuenta que, además de ser un derecho que debe corresponder enteramente a esas poblaciones el de determinar quienes son y quienes no son miembros de sus comunidades, éste es el medio más eficaz de establecer cuantas personas son indígenas dentro de la población del país”.

Una definición más amplia de los Pueblos Indígenas es presentada por José Martínez Cobo: “son comunidades, pueblos y naciones indígenas los que, teniendo una continuidad histórica con las sociedades anteriores a la invasión y precoloniales que se desarrollan en sus territorios, se consideran distintos de otros sectores de las sociedades que ahora prevalecen en esos territorios o en parte de ellos. Constituyen ahora sectores no dominantes de la sociedad y tienen la determinación de preservar, desarrollar y trasmitir a futuras generaciones sus territorios ancestrales y su identidad étnica como base de su existencia continuada como pueblo, de acuerdo a sus propios patrones culturales, sus instituciones sociales y sus sistemas legales”.

En este trabajo hacemos referencia a esta definición.

 

Breve historia de los indígenas en el Estado Mexicano

Antes de la colonización había en México muchas entidades político-territoriales diferentes que no fueron reconocidas por los europeos. Uno de los efectos más notable de la dominación colonial fue la recreación de la comunidad como núcleo sociocultural. Las congregaciones y las reducciones de estas comunidades dieron lugar a los “Pueblos de Indios”, jurídicamente concebidos como repúblicas de indios.

La comunidad había existido antes del régimen colonial; pero con éste sufrió una alteración esencial. Respecto al pasado prehispánico, el gran cambio consistió en convertir el núcleo comunal en el único espacio social de los indios, eliminando los preexistentes pisos superiores de organización socioeconómica, cultural y política, y la territorialidad que les correspondía. Cada uno de los núcleos se vinculó directamente con el poder español, sin que mediara entre comunidad y Estado colonial ninguna estructura política intermedia como expresión indígena de una autoridad supracomunal. La territorialidad de las etnias indígena se redujo a la comunidad.

En la primera Constitución mexicana, al constituirse de Estado Mexicano en 1824, el trato dado a los Pueblos Indígenas fue semejante al trato que se impartía a los extranjeros; no se hizo mención de la existencia de los Pueblos Indígenas, y muchos constituyentes propusieron desechar del lenguaje constitucional la palabra “indígena”. Los indígenas adquirieron las libertades y los derechos de los demás sectores de la población, pero, en muchos casos, fueron también objeto de leyes y reglamentos especiales, que los mantuvieron en situación de marginación e inferioridad con respecto a la población mestiza y blanca.

La Constitución de 1857, del Gobierno Liberal del movimiento de la Reforma, excluyó de toda consideración a los pueblos indígenas; ellos fueron sometidos a una campaña de despojo de las tierras comunales, que pasaron a manos de grandes terratenientes. Tal expropio dio origen al grito de “Tierra y Libertad” encabezado por el movimiento zapatista en el centro y sureste mexicano, y en el norte por el villismo, que confluyeron en que el se conoce como la Revolución Mexicana.

La Constitución de 1917 en general no retomó las demandas sustantivas de los Pueblos Indígenas, aunque en lo particular daba una respuesta oportuna a la demanda concreta de la tierra: reconoció el derecho a la tierra de las comunidades que la poseían bajo el régimen de bienes comunales, y a los antiguos pueblos se las devolvió bajo un nuevo régimen, llamado ejido.

De 1917 en adelante, la idea de un estado homogéneo que ignoraba radicalmente a los Pueblos Indígenas comenzó a ser puesta en practica por los gobiernos post-revolucionarios; en particular, el diseño de la Educación hecho por José Vasconcelos bajo la idea del nacimiento de una nueva raza denominada por él “raza cósmica”, originó un tipo de pensamiento con pretensiones homogeneizantes e individualistas, con la clara consigna de que el pasado mexicano era indio, pero que el futuro sería todo menos eso.

De igual manera se llevó a máxima expresión la concepción de un Estado conformado por individuos y no por colectividades diversas. Esta idea desconoció la existencia de pueblos y colectividades diferenciadas en el marco del Estado naciente.

Entre este marco general se instituyeron desde el Estado las políticas integracionistas hacia los Pueblos Indígenas: su meta ultima era integrarlos al desarrollo nacional, bajo la premisa de que su situación de pobreza y marginación se debía a “sus condiciones culturales y sistemas de vida”.

 

Identidad indígena

El indígena de hoy es muy distinto del que prevalecía en la época colonial e, incluso, hace 30 años. Sin embargo, a pesar de los cambios, mantiene ciertos rasgos culturales de su origen y persiste sin asimilarse, sin renunciar a su identidad, la que se expresa en formas de: vida comunitaria, comunicación oral a través de su lengua, relación con la naturaleza, medicina y una sabiduría ancestral. El mantenimiento, a lo largo del tiempo, de la identidad étnica y cultural está estrechamente vinculado con el funcionamiento de instituciones sociales y políticas.

La cosmovisión y filosofía de los pueblos indígenas se manifiestan en su simbología lingüística, en una manera de ver el mundo, de practicar las relaciones humanas, de concebir la relación del hombre con la naturaleza que, penetrada por un profundo misticismo y religiosidad, involucra todas las instituciones de las sociedades indígenas: la familia, las ceremonias religiosas, el gobierno y las relaciones productivas.

En la comunidad indígena se combina lo tradicional con lo "moderno", relación que ha modificado ciertas formas comunitarias, sus gustos, su lengua y sus formas de organización. Esta dinámica, que se observa en el mundo indígena, es el resultado de un choque entre dos fuerzas: por un lado, el sistema tradicional obstaculiza la fácil entrada de lo moderno y por el otro, lo moderno tiende a intervenir en la vida de las comunidades.

Los idiomas indígenas constituyen el eje central de la identidad, como vehículo de comunicación entre los miembros de la comunidad y con las otras comunidades de la región étnica. Las lenguas indígenas se clasifican por grupos lingüísticos, troncos, familias, subfamilias y lenguas Desde el punto de vista del desarrollo, se ha comprobado que el fortalecimiento de los sistemas propios de comunicación de los pueblos indígenas constituye un factor clave para el acceso a la educación formal, básica, media y superior, para el cambio social y cultural y para los proyectos de desarrollo productivo. La negación de sus lenguas condujo a la ocultación del ser indígena, integrándose a medias al idioma nacional.

El parentesco es el soporte de la organización social y la familia, la unidad de acción. En la familia es donde se toman las decisiones básicas, tanto políticas y económicas, como religiosas. El soltero y la soltera no son considerados miembros adultos de la comunidad, se les niega cualquier responsabilidad.

La existencia de los mecanismos de conservación de la identidad, basados en la comunidad, no garantiza por completo la integridad de las comunidades indígenas. Más, como modo de supervivencia, las formas tradicionales de producción, los sistemas comunitarios de gobierno y las ceremonias dan continuidad y significado a todo aquello que, durante más de 500 años, se ha mantenido y ha sido bastante eficaz.

A partir de la comunidad se han engendrado también unos tópicos ideológicos que operan como mitos compensatorios ante nuevas amenazas. El más destacado consiste en sostener la enorme fortaleza de la comunidad, que la hace prácticamente “imbatible”. El lema parece ser: se han sobrevivido hasta aquí, sobrevivirán en el futuro. La supervivencia misma es la prueba de la fortaleza. Pero se tiene que llamar la atención sobra un hecho incontrovertible: las etnias pueden sobrevivir, pero también pueden perecer. En la época contemporánea los apoyos encaminados a defender la pluralidad que pueden ofrecer los sectores no indios son un factor crucial para el éxito de procesos políticos plurales, pero activar estas fuerzas, pero, se requiere dejar d lado la apelación a tópicos míticos sobre las etnias “invencibles”.

El centro motor de los pueblos indígenas contemporáneos es su sistema de organización política y religiosa. Este sistema gira en torno a la organización del culto, que incumbe a todas las familias de la comunidad. Cada año, un grupo diferente de hombres y mujeres, llamados mayordomos o cargueros, se responsabiliza de apoyar la celebración de los oficios religiosos, comprando las velas, el alimento, el aguardiente, el incienso, los cohetes y haciéndose cargo de todos los gastos necesarios.

Un hombre no busca generalmente llegar al cargo político por iniciativa propia, ni lo utiliza para fines personales. El poder es otorgado por la asamblea comunitaria y transmitido cada cierto lapso a un grupo nuevo. Las autoridades comunitarias trabajan de tiempo completo y no perciben un salario. Siguen siendo campesinos miembros de la comunidad, continúan participando en los ritos y en las ceremonias, y practicando sus relaciones de parentesco y compadrazgo.

 

2.2    Los indígenas de Chiapas

 

Chiapas se caracteriza por una enorme diversidad geográfica, económica, social y cultural, de tal forma que concentraciones humanas con sumo contraste pueden estar separadas unas de otras por tan sólo unos kilómetros. Tal diversidad impone acercarse a la realidad chiapaneca necesariamente a través de sus nueve regiones: Centro, Altos, Costa, Soconusco, Fronteriza, Frailesca, Sierra, Selva y Norte. Estas regiones agrupan a los 111 municipios, de los cuales 58 son considerados con 30 por ciento y más de hablantes de lengua indígena.

Los pueblos indígenas habitan principalmente cuatro regiones: Norte, Centro, Selva y Altos. Los Altos y parte de la Norte constituyen el hábitat tradicional, de donde se han dado los flujos migratorios más importantes a otras zonas del estado, formando nuevos asentamientos, como es el caso de la Selva Lacandona, el Soconusco y la región Frailesca.

Tres son las tradiciones básicas que conforman la cultura contemporánea de Chiapas: la de los diferentes pueblos originales, la europea en su variante hispana y la afroantillana.

Estas tradiciones, con sus variantes internas, resultaron en un mestizaje cultural, al que se han agregado otras corrientes, tanto europeas (alemanes, ingleses) como asiáticas (chinos), durante la segunda mitad del siglo XIX, y que hoy conforman el Ser chiapaneco. La tradición de los pueblos originales está presente en las comunidades indias, en las que se notan rasgos de diferenciación en el idioma, la cosmovisión, la religión, las formas de gobierno, las estructuras y formas sociales y el arte. Los descendientes de la corriente europea castellana forman parte de la tradición cultural hispana y se identifican con una versión regional de la cultura nacional mexicana. Sin embargo, ninguna de las respectivas culturas es originaria, puesto que a lo largo del tiempo se han ido mezclando, proceso que suele denominarse "sincretismo".

Flujos migratorios ocurridos en la década de 1980 contribuyeron a la pluralidad cultural del estado; son los refugiados guatemaltecos que huyeron por la represión de la que fueron objeto durante el gobierno militar de la época. La mayoría de estos refugiados (50 000 hasta 1990) son campesinos indígenas provenientes del noroeste de Guatemala, de los departamentos de Huehuetenango y Quiché.

A pesar de los grandes cambios económicos que ha vivido el estado, la antigua oposición entre indígenas y ladinos (mestizos) no se ha diluido, sino que, por el contrario, parece haber cobrado renovadas fuerzas en los últimos decenios. Para empezar, el grueso de la población ladina (mestiza) se concentra en dos municipios de los Altos: San Cristóbal de las Casas y Teopizca; en las demás comunidades la población indígena es ampliamente mayoritaria. En las otras regiones su presencia cada vez va en aumento, como resultado de los flujos migratorios. En los municipios de mayoría indígena, que son 58, se ha dado un proceso de reindianización, que se manifiesta en el cada vez más reducido porcentaje de población ladina que habita en ellos, en el acceso de indígenas a todo tipo de cargos públicos locales, y en el uso consciente de diversas manifestaciones culturales indígenas con fines políticos.

 

Identidad de los indígenas del Chiapas

Para comprender la realidad de los pueblos indígenas en Chiapas es necesario remitirse a la composición étnica mesoamericana, es decir, a la diversidad de lo indio en los diferentes contextos en que se ubica dentro del estado. Asimismo, la identidad es el resultado de varios procesos, a través de los cuales se ha ido reconstituyendo y reinventado.

La experiencia chiapaneca involucra tres regiones: la zona de los Altos, tzotziles y tzeltales, que tiene como eje a San Cristóbal de las Casas; la zona Norte, zoques y tzotziles; la zona cho’l tzeltal, que tiene como centro a Palenque y ciudades del norte; Ocosingo y parte de la Selva. La Selva se nutre de las poblaciones altas, tanto de la parte chol como de la tzeltal-tzotzil, y este movimiento es particular en el caso de las cañadas, en donde hay migración hacia tierras nuevas, con una fuerte carga de llegar a la tierra prometida. Quienes se dirigen hacia allí quieren un pedazo de tierra, unas cuantas cabezas de ganado, sembrar cafeto y tienen el afán de asentarse terrenalmente. Pero, sobre todo, llevan la experiencia comunitaria de articularse en sistemas políticos y sociales complejos sobre una base igualitaria.

La diferencia entre los pueblos de la Selva y los de los Altos se encuentra en que los primeros aparentemente no tienen una enorme ritualidad y complejidad en las ceremonias religiosas, como los de los Altos; sin embargo, subsisten la religiosidad, los ritos en la vida cotidiana, en las formas de gobierno, en el trabajo y en la vida familiar. Esto los vincula con las tierras altas.

En estos constantes movimientos entre tierras altas y selva hay un vínculo claro, pero un desarrollo distinto. La experiencia en la Selva, con comunidades igualitarias con propuestas democráticas, constituye un espacio que se configura de una manera plurilingüe, diversa, de respeto a las diferentes lenguas. El hecho de que el español y el tzeltal sean una lengua franca, constituye un proyecto novedoso que se está creando en este espacio selvático, un proyecto que anuncia la coexistencia de comunidades con diferentes idiomas.

A partir de los años ochenta y noventa se puso de manifiesto la migración a las ciudades, lo que ha transformado y continúa transformando profundamente buena parte de las comunidades. El concepto de una comunidad aislada cambió, porque las comunidades ahora tienen vínculos con diferentes ciudades, la gente envía recursos a sus comunidades. Por ejemplo, para tener derecho a ser enterrado en el pueblo de origen, debe enviar dinero y, así, conservar su condición de ciudadano. Esto transforma sustancialmente a estas comunidades, las convierte en redes que abarcan varias ciudades, pero que tienen como punto de referencia a la comunidad que revalora y metaboliza las influencias venidas de fuera. Las comunidades agrarias hoy en día se encuentran en procesos de transformación que no implica el abandono de ser tzotzil o tojolabal.

 

2.3    Los derechos indígenas

 

Para derechos indígenas se entienden el conjunto de exigencias y demandas planteadas por esos pueblos ante el Estado mexicano para dar solución a los añejos problemas de desigualdad, exclusión, marginación, discriminación y en general la colonización a las que han estado sometidos; estos derechos tienen una naturaleza esencialmente colectiva.

Se intenta concebir el Estado más allá de la individualidad de quienes lo conforman, para ver a México como un conglomerado formado por colectividades culturalmente diferenciadas. Por eso no se habla solamente de derechos individuales de los mexicanos, sino también de derechos colectivos, cuyos sujetos son las comunidades y pueblos existentes en el marco de este Estado.

Los derechos indígenas son exigencias que han estado latentes en la vida cotidiana de esas comunidades desde hace mucho tiempo, tienen, por tanto, una dimensión histórica, porque son un conjunto de demandas a las que ellos nunca han renunciado.

Estos derechos, en cuanto derechos colectivos, están siendo planteados desde un marco de una nueva concepción de los derechos humanos; es decir, se pretende armonizar y complementar los derechos individuales con aquellos colectivos para darles una doble dimensión a los derechos humanos, entre una interdependencia mutua.

Los derechos fundamentales en torno a los cuales giran las demandas de los Pueblos Indígenas se pueden sintetizar básicamente en 5 conceptos:

-        el derecho al reconocimiento como pueblos;

-        el derecho a la libre determinación mediante la autonomía;

-        el derecho a las tierras y territorio indígenas;

-        el derecho al reconocimiento de los sistemas jurídicos propios;

-        el derecho al desarrollo desde una óptica propia.

 

El derecho al reconocimiento de los pueblos indígenas con culturas diferenciadas

El reconocimiento que existen unos Pueblos es el punto de partida para que se admita que hay derechos colectivos.

Los indígenas obtienen su identidad en tanto son miembros de una familia y de una comunidad, y nunca de manera aislada, como individuos separados. Los derechos y las obligaciones individuales, en la cultura indígena, derivan de los derechos y obligaciones que tienen por ser miembros de una colectividad.

Quienes habitaban los territorios americanos antes de la llegada de los europeos eran pueblos, los indígenas reivindican una continuidad con esas poblaciones y piden de ser reconocidos, también ellos, como pueblos.

 

El derecho a la libre determinación mediante la autonomía

Segundo la Carta Internacional de Derechos Humanos de la ONU, el derecho a la libre determinación lo poseen todos los pueblos. Se puede ejercer de diferentes maneras, unas de las cuales es la Autonomía. Esa permite la expresión de la libre determinación interna de los pueblos y no implica el ejercicio del derecho a la libre determinación externa. La autonomía no tiene que ser confundida con soberanía, porque esta es facultad que únicamente poseen los Estados.

El régimen de autonomía tiene la virtud de vincular la demanda de reconocimiento de derechos para los Pueblos indios con la necesidad de democratizar la sociedad, descentralizar políticamente la nación y definir un nuevo modelo económico que no sea excluyente de las mayorías. Para los indígenas, la autonomía no constituye sólo una opción más a ensayar, un camino que puede tomarse o no; en realidad, es la vía que mejores perspectivas ofrece a las etnias para su permanencia y florecimiento. Si la comunidad es el núcleo actual de la etnicidad india, las amenazas contra la primera ponen en peligro a la segunda. En este sentido, la autonomía regional, en tanto supone no sólo la consolidación de la comunidad sino además la ampliación de la territorialidad es quizá la ultima oportunidad u opción histórica para los Pueblos Indios.

El reconocimiento de regímenes autonómicos en su máxima expresión incluiría la facultad legislativa del ente autónomo.

 

El derecho a las tierras y territorios indígenas

La legislación mexicana concibe el término territorio asociado con los conceptos de nación, estado y soberanía, y se define como un espacio claramente delimitado con unos limites o fronteras internacionalmente reconocidos, en el cual el aparato del Estado mexicano puede ejercer su soberanía sin injerencias ajenas.

Para el caso de comunidades y de los “grupos” indígenas la ley no utiliza el concepto de territorios sino de tierras.

En los pueblos indígenas un individuo o una familia obtiene el derecho a usufructuar una porción de tierra en tanto que forma parte de una colectividad social; lo determinante es el hecho de formar parte de un grupo de parentesco y de una comunidad, y sólo a partir de eso se relaciona una persona con la tierra.

Además, la Tierra está revestida de un fuerte significado espiritual: la Tierra es Madre, sagrada y tiene derecho a un profundo respeto. En la concepción indígena la Tierra no puede ser concebida como una mercancía u objeto de cualquiera, no es posible comprar y vender a su Madre.

Para los pueblos indígenas es básico seguir conservando íntegramente sus territorios y continuar manteniendo la tendencia comunal de su tierras, porque así es posible preservar su cohesión social, conservar las formas de trabajo gratuito y colectivo en beneficio de toda la comunidad y asegurar el patrimonio y el futuro de las próximas generaciones.

 

El derecho al reconocimiento de los sistemas normativos indígenas

Dentro su utilización más común, el Derecho suele definirse como un cuerpo de normas abstractas, explícitas y escritas asociadas a un aparato de sanción basado en la coacción. En el caso de los pueblos indígenas hay una falta de normas escritas, y por eso hay gente que afirma que los indígenas no poseen Derecho, sino únicamente costumbres o derecho consuetudinario.

En las sociedades indígenas el conjunto de normas que rigen la convivencia colectiva ha demostrado tener una gran vigencia y eficacia. Esto derecho indígena tiene unas características propias como el carácter oral, un enfoque integral y flexible y la colegialidad en el dictamen de resoluciones.

Sobra este punto hay una serie de demandas por parte de los indígenas: reconocer la existencia de los Sistemas Jurídicos Indígenas, delimitar los espacios culturales en los que no debe interferir el orden jurídico nacional y reconocer constitucionalmente la facultad jurisdiccional de las autoridades indígenas.

 

El derecho a un desarrollo desde la óptica propia

Frente a una idea de desarrollo indígena entendido como integración al “desarrollo nacional”, ha surgido una propuesta indígena de que el crecimiento y florecimiento debe partir de ellos.

Esta concepción tiene como base la cultura tradicional indígena y un profundo respeto de la naturaleza: este trinomio (desarrollo-cultura-naturaleza) viene a construir el punto desde el cual empieza la búsqueda de una forma propia de desarrollo que integra las tecnologías y los conocimientos de “fuera” con las tradiciones indígenas pensando en el equilibrio ecológico..

1.   Introducción

2.    ¿Quiénes son los pueblos indígenas de México?

3.    Notas para comprender el origen de la rebelión zapatista

4.    La educación y la autonomía indígena

5.    Usos y Costumbres

6.    Los acuerdos de San Andrés: el significado para la sociedad civil

7.    note armoniche di composizione

8.    Bibliografía